sábado, 9 de mayo de 2009


17ª CLASE: DEBATE "ARBITRAJE VS. JURISDICCIÓN"


Sala de videoconferencias

(8 de mayo, 13.30 h.)


1. Destaca aspectos positivos de las argumentaciones que los equipos ofrecieron en el debate (sobre el contenido).


2. Destaca aspectos positivos del modo como los equipos defendieron los argumentos (sobre la forma).

Nota: Puede ser interesante que leais los comentarios a las primeras clases antes de contestar.
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13 comentarios:

  1. Estupenda es el calificativo para esta actividad, creo que ambos equipos le dimos el formalismo justo, sin pasarnos, por lo que se hizo muy ameno, y además los equipos empastaron bastante bien, defendimos cada uno nuestros argumentos de manera muy clara, y además manejábamos ambos equipos mucha información que habíamos recabado a lo largo del curso.

    Por supuesto el equipo ganador, el del arbitraje, al que yo pertenecía, y sin ánimo de ofender, convenció más a los tres arbitros.

    Lo mejor de todo la felicitación de las profesoras presentes, y ver a la profesora Marcos tan satisfecha con el resultado, que ciertamente, como dijó, distaba mucho del primer intento de debate que realizamos al comienzo del curso de la asignatura.

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  2. Esta clase me encantó,sin lugar a dudas la mejor de todo el curso, no solo por ver que nos saliera bien, sino porque comparándola con el primer debate hemos mejorado y aprendido muchísimo, supimos expresarnos con claridad (se notaba que veníamos preparados con nuestros apuntes), intentamos ser cercanos, supimos ser respetuosos con nuestros compañeros e imcluso darles la razón en algunos aspectos, pero siempre firmes con los nuestros, se notó el compañerismo al referirnos a lo ya expuesto por ellos...
    La verdad es que ver la felicitación de todas las profesoras fue estupendo, pero ver la cara de satisfacción de la profesora Marcos fue gratificante.

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  3. Fue buena la practica anque se respiró un poco de nerviosismo entre los participantes, aunque en realidad los equipos no se encontraban proporcionados pero fueron buenos los argumentos de cada equipo. Ahora bien cabe resaltar ciertos puntos del tema, como la falta de entendimiento dentro del debate en cuanto a las reglas, no fueron muy claras, por lo que hubo confusión en los integrantes de los equipos. Pero de ahì en más quiero decir que fue una práctica muy buena para conocer un poco sobre las alternativas a la jurisdicción.

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  4. El debate fue una actividad muy positiva. Para mí es necesario perder el miedo escénico y poco poco lo estoy logrando. El día anterior al debate me preparé bien el tema y traté de estar segura para hablar sin miedo. Aun así los nervios atacaron en el momento de salir a hablar, como sabía que eso podía pasar, me preparé un recurso del que poder echar mano: mi estupendo bloc con datos y porcentajes, eso me sirvió para serenarme. En definitiva estuvo genial.

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  5. no fue al debate pero estoy segura que estaba muy bien. Gracias para esta clase, fue muy interesante y me encanta ese manera de dar clase, muy interactivo.

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  6. Esta clase me encanto. todos los ventajas y inconveniento que habiamos visto durantes las clases han salido. La forma me ha parecido de alta calidad, los argumentos se contestaban los unos a los otros. Como arbitro fue muy dificil decidir quien habia ganado. Sobre la forma, las dos equipas eran perfectas!

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  7. El debate me encantó. La fuerza de la argumentación y la defensa de un tema ante un uditorio especializado son temas que siempre me interesaron mucho.
    Una de las cosas mejores fue que todos buscamos informaciones antes del debate para sostener las nuestra informaciones y esto significa que entendemos que una argumentacion tiene que estar basada en hechos y cuanto màs se conocen los datos y la materia mejor serà la exposiciòn y màs convinciente resultarà la argumentaciòn.
    Además el hecho de rebatir las afermaciones del adversario hize que todo el debate fuera mas entretenido.
    Yo creo que en realidad el equipo a favor del arbitraje (del que yo tambien era parte) ya tenia una ventaja porque hoy en dia todas las alternativas a la jurisdicción que hacen que el ciudadano y las empresas puedan ahorrar tiempo y dinero son consideradas positivamente por la mayoria de las personas.
    Pero se analizamos mejor la ley 60/2003 nos daremos cuenta que todavía quedan bastantes problemas para resolver en este ámbito como por ejemplo la nulidad del laudo si los arbitros lo emiten fuera del plazo concordato con las partes.
    La verdad es que el arbitraje es aun algo novedoso en muchos paises y para muchas personas y sus verdaderos beneficios se podran observar solo a lo largo del tiempo.
    Volviendo al debate, en mi opinion es una forma de aprender mas divertida y rapida y que ademas hace que se aprendan no solo conceptos sino también y sobre todo razonamientos.

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  8. para mi, una solución para aumentar la calidad del debate, habría habido de encontrarse por lo menos una vez, por equipo (los árbitros, la defensa, ...) para preparar los argumentos. Esto habría sido más benéfico tal vez que de hacerlo cada uno para sí.

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  9. Hola!

    Pues como todas las actividades que hemos hecho en esta asignatura opino que nos van a ser muy útiles cuando empecemos a trabajar. Ha sido como una puesta en escena de lo que tendremos que afrontar a lo largo de la vida profesional.

    Mi opinión es que de verdad todos lo hicisteis muy bien, excepto yo.. porque me da muchísima vergüenza pero espero que poco a poco lo vaya superando.

    También comentar la experiencia de hacerlo frente a otros profesores me pareció muy buena porque era como un vuelta de rosca más, es decir, era como enfrentarme a algo más serio y que me obligó a superar el miedo escénico, es decir, otra prueba más que tenía que superar.

    Así que, concluyendo, la asigantura ha sido muy positiva para mí, por lo que se la recomiendo a todo el mundo.

    Respecto de María, decir que es una gran profesora que se preocupa mucho por nosotros y trata de transmitirnos los conocimientos de una manera práctica y entretenida que hace a las asignaturas verlas más atractivas y fomentar el interés en ellas. Y algo que me gusta más, que es una gran persona que me ha encantado conocer y siempre la recordaré.

    Un saludo
    Carolina

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  10. Me gustó mucho la idea del debate ver afrontarse las ideas, los equipos. Creo que es asi que se aprende más sobre la materia y sobre nosotros tambien. Arbitro, estaba en primer término para apreciar la calidad de los debates y de los participantes (preparación, respeto, lenguaje)...

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  11. ¡Hola!
    No pude asistir al debate, pero sin embargo he estado preparando un trabajo sobre los derechos fundamentales en el Arbitraje y la viabilidad del recurso de amparo. Como el recurso de amparo se trata de un elemento que une el derecho de arbitraje con la jurisdicción, me parece interesante añadir una refencia en esta entrada.

    Un procedimiento de arbitraje viene regido por una serie de principios, donde destacaríamos los de igualdad, audiencia y contradicción, principios “equivalentes” a tener una tutela judicial efectiva (art. 24 CE). Por ello, habría que concluir que también en el arbitraje la infracción de estos principios facultaría la solicitud del recurso de amparo constitucional. Sin embargo se niega esta posibilidad exigiendo que la infracción de los derechos fundamentales y libertades públicas provenga de un poder público. Para dejar de lado esta dificultad, se ha acogido la solución de imputar la infracción al órgano judicial, en este caso a la Audiencia Provincial, debido a una deficiente tutela.
    La tutela de los derechos fundamentales, según se desprende del art. 53.2 CE, corresponde, en primer lugar a los Tribunales ordinarios y tan sólo en el supuesto de que no asuman su tutela es cuando se puede acudir al TC mediante el recurso de amparo, a fin de conseguir dicha protección.

    Por tanto, dictado un laudo arbitral, la parte interesada sólo tiene derecho a que aquel sea revisado y en su caso anulado por el órgano jurisdiccional competente. Y ya sobre esta resolución judicial tendrá lugar la revisión constitucional mediante el recurso de amparo, aunque este último punto es criticado por aquellos que opinan que hay una inmerecida “constitucionalización” del arbitraje.

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  12. Respecto mi opinión personal, en primer lugar destacaría la necesidad de recordar que en un proceso arbitral donde prima la voluntad de las partes y como derecho privado en general que es, se debe pactar de tal forma que uno ponga de relieve sus intereses y no se deje engañar. Como dice el profesor Berríos Pérez el arbitraje es únicamente una herramienta y como toda herramienta debe utilizarse únicamente allí donde verdaderamente pueda brindar soluciones. Si se llega a un proceso arbitral con la idea ya principal de que el negocio vaya a salir mal para una de las partes y que siempre se podrá acudir a los tribunales, entonces creo que es cierto que se está destruyendo la base o la idea para la cual se creó el derecho de arbitraje.
    Si bien es cierto que hoy en día acudir a los procedimientos creados por el derecho del arbitraje para cuando haya conflictos (el CIADI, por ejemplo), como indica el profesor Alfredo De Jesús O. que se debe hacer, puede comportar elevados costes, ya que por ejemplo si una de las partes solicita nombrar o decidir sobre una propuesta de recusación de un árbitro debe pagar un derecho de cobro de 10.000 dólares diarios. Es por ello quizás que los países latinoamericanos, que generalmente no suelen tener suficientes recursos económicos, acuden más al recurso de amparo que ante una institución creada para ello como es el CIADI. También, el hecho de que los reglamentos del CIADI atribuyan el propio CIADI como uno de los árbitros en el Tribunal Arbitral en el caso de que las partes no se pongan de acuerdo en la designación del árbitro, puede llegar a generar desconfianza sobre la imparcialidad de la resolución.
    Por todo ello creo que lo ideal sería no llegar al recurso de amparo ante el TC, incluso lo perfecto sería ni tan siquiera llegar al recurso de anulación ante una jurisdicción ordinaria, ya que entonces quiebra de cierta manera el fin para el cual se configuró el derecho de arbitraje. Para ello la solución sería crear instituciones más accesibles económicamente para las partes y que generaran una total imparcialidad a los recurrentes. Mientras tanto, creo que continuarán habiendo recursos de anulación llevados ante órganos ordinarios, y si se pueden llevar a órganos ordinarios opino que también es factible llevar la resolución de ese órgano jurisdiccional ordinario ante el TC, ya que entonces la situación encajaría perfectamente en los arts. 24 CE y 41.2 LOTC.

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  13. Hay diversos artículos de opinión colgados en Internet; introduciendo las siguientes referencias en el Google podeis encontrarlos:

    • “El arbitraje entre constitucionalización y fundamentalismo jurídico” de Alfredo De Jesús O. Ponencia dictada en el III Congreso Internacional de la Asociación Andrés Bello de Juristas Franco Latino Americanos.
    Dicha ponencia también recoge las opiniones de los profesores Gamboa Morales y Silva Romero como jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Venezuela.
    • “El arbitraje y la renuncia a derechos fundamentales” de Edilberto Berríos Pérez. www.berrioslongo.com/
    • “El CIADI y los derechos humanos” de Jaime Quiroga C. www.bolpress.com
    • “La tutela judicial constitucional y el arbitraje” de Ernesto Salcedo Verduga. www.revistajuridicaonline.com


    También en el libro de la biblioteca “Los principios procesales en el Arbitraje” de Ana María Chocrón Giráldez. J.M Bosch Editor. 2000. podeis encontrar información al respecto.

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